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Aplican la facultad discrecional en la administración de sanciones por infracciones tributarias en que se incurra durante el Estado de Emergencia Nacional declarado como consecuencia del COVID – 19

Mediante la presente comunicación, les informamos que el día 18 de marzo del año 2020, se publicó en el Diario Oficial “El Peruano” la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos N° 008-2020-SUNAT/700000, mediante la cual se aplica la facultad discrecional en la administración de sanciones por infracciones tributarias en que se incurra durante el Estado de Emergencia Nacional declarado como consecuencia del COVID – 19, dado que la SUNAT reconoce que esta situación se puede generar el incumplimiento de las obligaciones tributarias formales por causas no imputables a los deudores tributarios.

19 / 03 / 2020

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