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Por medio de la presente disposición legal, el Ministerio Público ya no podrá intervenir en el proceso contencioso administrativo; esto quiere decir que los fiscales dejarán de emitir dictámenes respecto a dichos procesos a partir de la entrada en vigencia de la presente Ley N° 30914.
Para logar tal fin , se aprobó la modificación del epígrafe, el numeral 25.1 y el literal f) del numeral 25.2 del artículo 25° y se deroga el artículo 14° y del literal d) del numeral 25.2 del artículo 25° de la Ley N° 27584, Ley que Regula el Proceso Contencioso Administrativo
27 / 02 / 2019
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