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DECRETO LEGISLATIVO Nº 1347

Se modifica la tasa del IGV e ISC de 17% al 15%; no obstante, según la Única Disposición Complementaria Final de este presente Decreto Legislativo su vigencia inicia el 01 de julio de 2017 con la condición que la recaudación anualizada, al 31 de mayo de 2017, del Impuesto General a las Ventas total neto de sus devoluciones internas alcance el 7,2% del PBI. Para tal efecto, se toma en cuenta la información que publica mensualmente el Banco Central de Reserva del Perú y la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria.

07 / 04 / 2017

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