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Se adecua el Reglamento de la Ley N° 29623, aprobado por Decreto Supremo N° 208-2015-EF y modificado por Decreto Supremo N° 100-2016-EF, a las disposiciones del Decreto Legislativo N° 1282, Ley que promueve el financiamiento a través de la factura comercial y que amplía el plazo de acogimiento al Fondo de Garantía Empresarial FOGEM.
Los aspectos más resaltantes son la anotación en cuenta ante una ICLV de la factura negociable originada en un comprobante de pago impreso y/o importado; la restricción o limitación a la transferencia de la factura negociable, los requisitos para el mérito ejecutivo de la factura negociable; la transferencia y pago de la factura negociable; la disconformidad y retención de la factura negociable y omisión de información.
07 / 09 / 2017
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