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Mediante la presente comunicación, les informamos que, mediante Resolución de fecha 31 de julio del 2019, recaída en el Expediente N° 18783-2018-Arequipa, la Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria determinó que el trabajador que participe en una huelga declarada ilegal o ilegítima por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), podrá ser sancionado disciplinariamente por el empleador.
13 / 08 / 2019
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