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Requisitos del Certificado de Residencia para la aplicación de las tasas reducidas de los CDI suscritos por el Perú.

Mediante la presente comunicación, les informamos que el día 25 de febrero del año 2021, se publicó en el Portal Web de la SUNAT el Informe N° 131-2020-SUNAT/7T0000 mediante el cual se da respuesta a la consulta relacionada con la retención del Impuesto a la Renta (IR) de fuente peruana que es asumido por un sujeto domiciliado (adquirente o usuario) y que, por lo tanto, no efectúa la retención del IR a un sujeto no domiciliado (proveedor), residente en un país con el cual el Perú tiene suscrito un Convenio para Evitar la Doble Imposición (CDI).

En el informe bajo comentario se consulta sobre los requisitos que debe cumplir el Certificado de Residencia a que se refiere el Decreto Supremo Nº 090-2008-EF.

02 / 03 / 2021

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