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RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 100-2017/SUNAT

Que, estando a la concesión de la prórroga automática de los plazos de vencimiento de la declaración y pago de las obligaciones tributarias mensuales y de la declaración jurada anual del Impuesto a la Renta e ITF para aquellos deudores tributarios cuyo domicilio fiscal se encuentre en las zonas declaradas en emergencia por desastres naturales (excepto a los contribuyentes pertenecientes al directorio de IPCN), conforme a los dispuesto en el artículo 2° de la Resolución de Superintendencia N° 021-2007/SUNAT y normas modificatorias y en el artículo 2° de la Resolución de Superintendencia N° 076-2017/SUNAT; y como consecuencia de las intensas lluvias o precipitaciones pluviales que vienen asolando al país diferentes zonas han sido declaradas en estado de emergencia por desastre mediante decretos supremos publicados desde el mes de enero de 2017, se establecen las facilidades excepcionales para dicho efecto.

14 / 04 / 2017

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