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RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 105-2018/SUNAT

Se modifica la Resolución de Superintendencia N°375-2013/SUNAT mediante la cual se reguló, entre otros, el procedimiento de extorno de los montos ingresados como recaudación, manteniéndose los requisitos que el solicitante debe cumplir para solicitar el extorno de los montos ingresados como recaudación, y el plazo de 90 días calendario con el que cuenta la SUNAT para resolver la solicitud de extorno.

22 / 04 / 2018

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