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Mediante la presente comunicación, les informamos que recientemente el Tribunal Fiscal ha aprobado el Acuerdo de Sala Plena No. 05-2021, mediante el cual se establece que es aplicable el numeral 1 del Artículo 170° del Código Tributario al criterio establecido en el Acuerdo de Sala Plena No. 2021-03 de 3 de marzo de 2021.
01 / 07 / 2021
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